CAPITULO IArtículo 1.- El Partido Nacional de Honduras, es una Institución de derecho público, con duración indefinida; su domicilio es el Municipio del Distrito Central, con jurisdicción en el territorio nacional, cuya existencia y libre funcionamiento garantiza la Constitución de la República y las demás leyes vigentes en el país, para lograr la efectiva participación política de los ciudadanos.
Artículo 2.- El Partido Nacional de Honduras, se inspira, funciona y actúa dentro de los principios republicanos, democráticos y representativos, y se regirá de conformidad con lo preceptuado en la Constitución de la República la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, su Declaración de Principios, su Programa de Acción Política, los presentes Estatutos, Reglamentos y demás disposiciones que emanen de las autoridades legalmente constituidas.
Artículo 3.- El Partido Nacional de Honduras, fue creado el 27 de Febrero de 1902 y conmemorará cada año su fundación; sus autoridades Centrales, Departamentales y Locales efectuarán en sus respectivas sedes, actos relevantes otorgando preseas y pergaminos a distinguidos nacionalistas que hayan contribuido con su esfuerzo y dedicación para mantener los principios de esta institución.
Artículo 4.- El Emblema Oficial del Partido Nacional de Honduras es una bandera de color azul turquí, que constará de un lienzo rectangular, cuya longitud contendrá dos veces el ancho; en el centro llevará una estrella blanca de cinco picos salientes, colocados de manera que una de sus puntas se dirija directamente hacia arriba; el tamaño de la estrella de extremo a extremo será exactamente el de una tercera parte de la bandera.
Artículo 5.- Los colores de la bandera de la estrella solitaria representan en conjunto los diáfanos colores del cielo de Honduras, lo mismo que el azul de sus mares. El blanco de la estrella solitaria representa la pureza de los ideales democráticos y de superación patria, que dentro de su unidad, fraternidad y disciplina inspiran al Partido Nacional de Honduras.
Artículo 6.- La bandera azul de la estrella solitaria no contendrá inscripción de ninguna clase.
Artículo 7.- El Himno del Partido es el denominado ESTANDARTES AZULES y debe ejecutarse en todos los actos políticos oficiales del partido.
Artículo 8.- El Escudo del Partido es el aprobado por la Convención Nacional, mediante Decreto número cuatro de fecha veintitrés de septiembre de mil novecientos sesenta y siete, el cual deberá ir impreso en el carné que identificará a cada ciudadano como miembro del partido. El Comité Central reglamentará su uso.
Artículo 9.- El Lema del Partido Nacional, es JUSTICIA SOCIAL CON LIBERTAD Y DEMOCRACIA.
Artículo 10.- La Promesa de Ley que deben rendir las Autoridades y los afiliados del Partido lo harán ante el titular del órgano que corresponda, con la siguiente declaración: PROMETO SER FIEL AL PARTIDO NACIONAL, A SU DECLARACION DE PRINCIPIOS Y PROGRAMAS DE ACCION POLITICA; CUMPLIR Y HACER CUMPLIR SUS ESTATUTOS Y SER DISCIPLINADO A LOS MANDATOS DE SUS LEGITIMAS AUTORIDADES.
CAPITULO IIObjetivosArtículo 11.- El Partido Nacional de Honduras, tiene como objetivo fundamental la efectiva participación política de los ciudadanos para alcanzar el poder público, por medios pacíficos y acatando la voluntad de las mayorías libremente expresadas.
Artículo 12.- Son además, objetivos del Partido Nacional de Honduras:
- La vigencia plena de la Constitución de la República;
- Mantener incólume el honor, la soberanía y la independencia de la República y la integridad del territorio nacional;
- Garantizar y vigilar el fiel cumplimiento de los Tratados y Convenios Internacionales de los cuales Honduras es signataria, especialmente los relativos al respeto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer; así como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Estatuto Interamericano de Derechos Humanos.
- Fortalecer las tradiciones nacionales, el respeto a los héroes nacionales y mantener los valores que sustentan la identidad nacional;
- Participar en todas aquellas organizaciones internacionales, cuyos objetivos sean el sostenimiento de la libertad y la democracia;
- Cooperar con todas aquellas instituciones nacionales que tengan por finalidad el sostenimiento de la democracia y la paz social;
- Procurar el bien común para que todos los habitantes gocen plenamente de la justicia, la libertad, la cultura, la protección a la familia y el bienestar económico y social;
- Estudiar en forma permanente la realidad nacional para encontrar soluciones a los problemas que afecten a la sociedad hondureña y manifestarse públicamente para darlos a conocer a las autoridades legalmente constituidas y a la ciudadanía en general;
- Promover y sostener la más amplia participación popular de todos los sectores y militantes en la toma de decisiones del Partido de acuerdo a los Principios Constitucionales y estos Estatutos.- Reclamar para que en el ejercicio de sus derechos políticos, tengan plena vigencia la práctica de los derechos de el Plebiscito y el Referéndum, como mecanismos de participación democrática, para cuyo efecto el Comité Central deberá emitirse un reglamento especial;
- Mantener una plena y permanente democratización, con transparencia y honestidad en todos los procesos de elecciones internas del Partido, garantizando la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la distribución equitativa en los cargos de elección popular;
- Propiciar la difusión y adopción de los valores éticos y combatir la corrupción en todos sus aspectos y manifestaciones, sin distinción alguna, de manera que, sus autores y cómplices se sometan a la jurisdicción que corresponda y cumplan con las condenas estipuladas en las Leyes de la República;
- Capacitar a los afiliados, forjándolos en una cultura ética, cívica, partidista y democrática, que permita formar ciudadanos honestos y capaces para asumir funciones públicas.
Artículo 13.- El Partido Nacional de Honduras, en el logro de sus objetivos, no subordinará, en ningún tiempo, sus actuaciones a ordenes o mandatos que provengan de Entidades Públicas o Privadas, nacionales o extranjeras, que atenten contra la soberanía e independencia política, económica y cultural del Estado de Honduras, la forma de Gobierno Republicano, Democrático y Representativo y las Autoridades legalmente constituidas.